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La condena a Silverio Portal Contreras no tiene basamento legal en adelante demostraremos que....

"La condena a Silverio Portal Contreras no tiene ningún basamento legal y en adelante demostraremos que Silverio fue víctima de un arresto irregular y posteriormente sentenciado en un juicio parcial y con motivaciones políticas, contribuyendo así al habitual clima de inseguridad jurídica al que el régimen somete a los disidentes.

Silverio Portal Contreras se encuentra en prisión provicional desde el día 10 de julio de 2018 por la supuesta comisión de los delitos de Desórdenes Públicos y Desacato, cumpliendo una pena de 4 años en establecimiento penitenciario del estado

Silverio Portal Contreras es un activista de derechos humanos que ha estado ligado a varios movimientos y que ahora se presenta como independiente, ya había padecido con anterioridad la represión y el hostigamiento del régimen por razón de su filiación política, todo ello a raíz de su negativa a cesar en la realización de actividades pacíficas para la consecución de elecciones libres en Cuba.

En particular, Silverio ha sido reportado detenido en numerosas ocasiones sin cargos en la mayoría de ellas y de forma arbitraria en todas.

"No más muertos por derrumbes", así decía el cartel que mostró el opositor Silverio Portal Contreras en el Parque Central habanero, cuando fue arrestado en marzo de 2018


El arresto

Lo arrestan, el día 20 de junio de 2016, mientras caminaba por el barrio de la Habana Vieja en La Habana, se encontró frontalmente con unos agentes de la Seguridad del Estado que en ese momento estaban hostigando a unos vendedores ambulantes que, según expresaron en ese momento, habían decidido realizar tal actividad al margen del mercado de trabajo Estatal para poder aumentar en algunos dólares sus ingresos ese mes. Ante tal injusticia, el activista gritó consignas contra el Gobierno.

haciendo uso de su derecho a la libertad de expresión, exclamó ‘’Abajo Fidel Castro, Abajo Raúl’’.

En ese momento, los agentes de la Seguridad del Estado procedieron a inmovilizarlo con el objetivo de reducirle a la obediencia, situación que atrajo las miradas de múltiples viandantes que ya estaban presenciando con anterioridad el acoso hacia los vendedores ambulantes por parte de los referidos agentes. Una vez reducido y sin haber mostrado Silverio ningún tipo de violencia, fue trasladado a la unidad policial para la posterior interposición de la correspondiente denuncia en su contra, sin haber sido Silverio informado de sus derechos en ningún momento.

La sentencia

La Sentencia n.º 127/18, dictada por el Tribunal Municipal Popular de la Habana Vieja condena a Silverio a cuatro años de privación de libertad en establecimiento penitenciario del Estado como autor de un delito de Desórdenes Públicos en concurso ideal con un delito de Desacato. La realidad es que ninguno de los tipos delictivos encaja en la actuación de Silverio, pues la aglomeración de viandantes – que no causó ningún problema de orden público – vino producida no por la exclamación de Silverio contra la dictadura, sino por el hostigamiento de los agentes de la Seguridad del Estado a los vendedores ambulantes que actuaban al margen del mercado Estatal. De este modo, se pretende trasladar las consecuencias de la mala praxis policial a uno de los testigos y denunciantes de la misma. En todo caso, los viandantes presenciaron el arresto de Silverio, pero en ningún caso se aglomeraron por culpa de éste, sino como remarcamos, por culpa de una mala actuación policial. En lo que respecta al delito de desacato, la interpretación del Tribunal choca frontalmente con el derecho a la libertad de expresión recogido en el 19 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, pues la exclamación ‘’Abajo Fidel Castro, Abajo Raúl’’ no afecta a los agentes que se encuentran en ejercicio de sus funciones, sino a los máximos dirigentes del Régimen Cubano, de los cuales, uno de ellos ni tan siquiera ocupaba cargo público en el momento de la detención. De este modo, un delito común en la práctica totalidad de los ordenamientos jurídicos y que es de aplicación en la defensa de funcionaros en ejercicio de sus funciones, es usado por el Régimen de Cuba para silenciar a todo aquel que critique públicamente a los dirigentes del Sistema Socialista o cualquier actuación ordenada por éstos. De este modo, Silverio es condenado por el delito de Desacato, recogido en el Art. 144.1., del Código Penal de Cuba, que establece lo siguiente: ‘’ARTICULO 144.1: El que amenace, calumnie, difame, insulte, injurie o de cualquier modo ultraje u ofenda de palabra o por escrito, en su dignidad o decoro a una autoridad, funcionario público, o a sus agentes o auxiliares, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión o con motivo de ellas, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas’’ Y por el delito de Desórdenes Públicos, recogidos en los Arts. 200 y 201, que dicen tal que así: ‘’ARTICULO 200.1: El que, sin causa que lo justifique, en lugares públicos, espectáculos o reuniones numerosas, dé gritos de alarma o profiera amenazas en un peligro común, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año, o multa de trescientas cuotas o ambas. 2. Si los actos previstos en el apartado anterior se realizan con propósito de provocar pánico o tumulto, o de cualquier otra forma que altere el orden público, la sanción es de privación de libertad de uno a tres años, o multa de trescientas a mil cuotas, o ambas. De este modo, podemos ver cómo no se ha acreditado de ninguna forma la autoría de Silverio en el delito de Desórdenes Públicos, y se ha dado además una interpretación sesgada e interesada para aplicarle otro delito, el de Desacato, que bajo ningún concepto le hubiera sido de aplicación en un Tribunal imparcial, en tanto que criticar a los líderes políticos entra en el marco del derecho de la libertad de expresión, y en términos democráticos, no puede ser considerado como un ataque a funcionario público en ejercicio de sus funciones. De este modo, que el Régimen entienda como un delito el mero hecho criticar al gobierno públicamente, confirma las motivaciones políticas del arresto y del posterior proceso judicial, convirtiendo a SILVERIO PORTAL CONTRERAS en un Convicto de Conciencia.

Situación Actual

Silverio sigue internado en el centro penitenciario de Valle Grande, en situación de prisión provisional por criticar públicamente al gobierno. Es de esperar que, salvo actuación de la comunidad internacional, la condena sea ejecutada íntegramente y que Silverio cumpla cuatro años completos de condena única y exclusivamente por exclamar ‘’Abajo Fidel Castro, Abajo Raúl’’. Silverio y su familia están igualmente preocupados por la posibilidad de que el Régimen amplíe arbitrariamente su condena imputándole la comisión de otros delitos durante su estancia en prisión, tal y como ha venido ocurriendo recientemente con otros presos políticos y de conciencia en Cuba. Hace 1 año, estando en prisión, sufrió un infarto cerebral mientras era sometido a un castigo dentro de una celda de aislamiento donde lo mantenían esposado por las manos. Negándole asistencia médica inmediata alegando que el activista está fingiendo, tiempo después lo remiten a un hospital. Este episodio cerebral le dejó visibles secuelas que no le permiten valerse por sí mismo (tiene el lado lateral derecho de su cuerpo inválido e inerte). Esto le supone tener que pedir ayuda para las cosas más cotidianas, depender de otros presos, e incluso tener que a veces pagar ciertos favores para poder recibir atención y cuidados. Está en una situación penosa, muy dura, que requiere de una atención especial. Continua sin recibir los medicamentos necesarios por parte de las autoridades encargadas de proporcionárselo. Luego de ese episodio sufrió una pequeña isquemia celebrar limitando aun mas su movilidad y estado de salud.

Conclusiones

Silverio se encuentra cumpliendo una condena de CUATRO años por criticar públicamente a la Dictadura Cubana. Los delitos por los que fue condenado son: ‘’Desórdenes Públicos’’, que vinieron motivados por la propia actuación de los agentes de la Seguridad del Estado que se encontraban hostigando a unos vendedores ambulantes, y ‘’Desacato’’, por criticar abiertamente a Fidel y Raúl Castro ante dicha situación,

Su pareja aseguró que las autoridades carcelarias le prohibieron ver al opositor en la última visita, que le correspondía a finales de marzo. La explicación que le dieron para negarle ese derecho fue que "no están casados legalmente".


Desde el 23 de abril tiene prohibidas las llamadas telefónicas

Las autoridades carcelarias Le han golpeado hasta que perdió la visión de un ojo por una golpiza que le propinaron sus verdugos. convirtiendo así a Silverio en CONVICTO DE CONCIENCIA.


Preso de Conciencia: Silverio Portal Contreras

Delitos: Desacato y Desórdenes Públicos.

Causa: Impuesta por el Tribunal Municipal Popular de la Habana Vieja.

Condena: Pena de 4 años de privación de libertad. Fecha de la Sentencia: 10 de julio




 
 
 

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